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Junta Directiva |
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Es el órgano jerárquicamente superior en la estructura del Instituto del Deporte Municipal, misma que será presidida por el Presidente Municipal, en su carácter de Presidente; Tesorero Municipal, en su carácter de Vicepresidente; el Director General del Instituto Municipal del Deporte, en su carácter de Secretario técnico; : el Sindico Procurador en su carácter de Comisario; y como Vocales: el Presidente de la Comisión del Deporte; Presidente de la Comisión de Hacienda, un Representante de la Iniciativa Privada, un Representante del Sector Educativo; el Presidente de la Fundación de Deportistas de Ahome. |
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La Junta de Directiva tendrá las siguientes facultades: |
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| I |
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La representación legal del Instituto Municipal del Deporte, para actos de dominio. |
| II |
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Elaborar y aprobar el Reglamento interior del Instituto Municipal del Deporte de Ahome, el cual tendrá como objetivo único, determinar el funcionamiento y distribución de las atribuciones de los diversos órganos que integra el Instituto Municipal del Deporte de Ahome. |
| III |
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Aprobar, autorizar o modificar el presupuesto de egresos para cada ejercicio fiscal. |
| IV |
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Conocer de los informes, dictámenes y recomendaciones del Sindico Procurador;
resolviendo lo conducente. |
| V |
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Cuando proceda aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones y demás
liberalidades |
| VI |
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Estudiar y aprobar los programas operativos anuales del Instituto y los
proyectos de Inversión. |
| VII |
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Conocer de los convenios de coordinación y colaboración que haya de celebrarse
con dependencias o entidades públicas o privadas. |
| VIII |
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Celebrar sesiones ordinarias trimestrales y las extraordinarias que se requiera. |
| IX |
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Aprobar los informes trimestrales de avances financieros y programáticos que
presta el Director del Instituto Municipal del Deporte. |
| X |
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Aprobar el informe anual sobre el estado que guarda la administración del
organismo descentralizado y su situación patrimonial que presente el director. |
| XI |
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Por conducto del Presidente Municipal, turnar al ejecutivo Estatal y Federal los
acuerdos de la Junta que lo ameriten por su naturaleza e importancia con apego a
la Ley. |
| XII |
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Por conducto del Presidente Municipal, turnar al Cabildo las propuestas que
surjan del seno de la junta, cuando las Leyes o los Reglamentos aplicables en la
materia lo exijan, o por que su importancia así se considere conveniente. |
| XIII |
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Proponer por conducto del Presidente Municipal a los Gobiernos Municipales,
Estatales y Federal las medidas necesarias para el cumplimiento de las funciones
y objetivos del Instituto Municipal del Deporte. |
| XIV |
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Celebrar por conducto del Presidente Municipal, los acuerdos de coordinación con
el sector público Estatal y Federal y con otros Municipios, así como los
sectores privados y sociales, para complementar los fines del Instituto
Municipal del Deporte. |
| XV |
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Nombrar al Director del Instituto Municipal del Deporte de Ahome, a propuesta
del Presidente Municipal. |
| XVI |
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Representar al Instituto Municipal del Deporte, como mandatario general para
pleitos y cobranzas y actos de administración, con facultades aún aquellas que
requieran de cláusula especial en forma enunciativa mas no limitativa, presentar
todo tipo de denuncias, demandas, querellas, juicios de amparo, contestar
demandas, absolver y articular posiciones, preguntar y repugnar a testigos,
formular tachas y objeciones, impugnar de falso documentos, celebrar convenios
judiciales y extrajudiciales que pongan fin a litigios sin perjudicar los
intereses del Comité, otorgar perdón, desistirse del juicio de amparo, demandas
civiles o administrativas, acudir ante cualquier autoridad administrativa,
laboral, judicial, de índole municipal, estatal o federal, pudiendo sustituir su
mandato, todo o en parte en profesionista del derecho, ya sea en uno o más
apoderados para que lo ejerzan conjunta o separadamente. |
| XVII |
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Las demás que les fijen las leyes y reglamentos aplicables en la materia. |
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